Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

advertencia de ilegalidad

Sublema de advertencia
Adm.; Pan. Mecanismo de control judicial del acto administrativo que se activa cuando la autoridad administrativa o una de las partes advierte en el proceso que la norma o las normas reglamentarias o el acto administrativo adolece de ilegalidad.
Cuando se advierte la ilegalidad, ya sea por el mismo funcionario administrativo o por una de las partes, el funcionario debe formular la consulta de ilegalidad a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia dentro de los dos días siguientes, salvo que haya sido objeto de pronunciamiento por la Sala. Esto se da en los procesos administrativos. L 38/2000, arts. 73 y 201 (n.o 25).