Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Administración territorial

Adm.; Esp. Administración caracterizada por extender sus competencias a un territorio concreto.
Las principales administraciones territoriales están mencionadas en la Constitución y son la Administración del Estado, la de cada una de las comunidades autónomas, las provinciales y municipales. También son administraciones territoriales las islas, las comarcas y otras divisiones interiores. Tienen atribuidas las potestades administrativas más generales, la titularidad de los servicios públicos y el dominio público. CE, art. 137 ; LRBRL, art. 1 y 3.