Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Administración estatal

Adm. En la legislación española, Administración General del Estado.
LRJSP, art. 55. Su competencia se extiende a todo el territorio del Estado, siendo diferente de otras administraciones territoriales. Aunque está integrada por una gran diversidad de órganos, actúa de forma jerarquizada y con personalidad jurídica única.