Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Administración autonómica

Adm. Administración integrada por todos los organismos que, dependiendo de los gobiernos de las comunidades autónomas, extienden sus competencias sobre el territorio de cada una de ellas.
LRJSP, art. 81.3. Para la organización de la Administración autonómica se han seguido criterios equiparables a los utilizados para la organización de la Administración del Estado.

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