adjudicación forzosa Sublema de adjudicación Civ. Operación efectuada sobre los bienes embargados para posibilitar su entrega al interesado. Es distinta de la adjudicación judicial porque en esta se entrega al acreedor que específicamente reclama.LEC , arts. 634 y sigs.ArgentinaLey 17454, por la que se aprueba el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, publicada el 7-XI-1967ChileCódigo de Procedimiento Civil de Chile, promulgado el 28-VIII-1902ColombiaLey 1564 de 2012, por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones, publicada en el Diario Oficial 48489, el 12-VII-2012.Costa RicaLey 7130, de 16-VII-1989, de Código Procesal Civil de Costa RicaCosta RicaLey 8687, de 4-XII-2008, de Notificaciones Judiciales, de Costa RicaMéxicoCódigo Federal de Procedimientos Civiles, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24-II-1943adjudicación en pago de deudas tributariasadjudicación mediante precio de bienes comunales