Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

adecuación

Pen. Aptitud o idoneidad de una acción o de un curso causal para producir un efecto o un resultado de lesión o de peligro. Equivale a previsibilidad objetiva, es decir, si en el momento de actuar era normalmente previsible para el hombre medio ideal cuidadoso que se podía producir tal efecto. El momento del juicio de previsibilidad mayoritariamente se sitúa ex ante, pero en la tentativa inidónea se suele enjuiciar la adecuación con los conocimientos obtenidos ex post, a posteriori.
Actualmente se considera la adecuación de la acción y del curso causal (o creación de un peligro relevante) como primer requisito de la imputación objetiva; en la doctrina tradicional un sector consideraba la adecuación como requisito de la relación de causalidad.

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