Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ad effectum videndi

Proc.; C. Rica ‘A efecto de tenerlo a la vista’.
En el ámbito judicial, por lo general se utiliza para pedir, desde algún despacho, un expediente o documento, con el fin de que la autoridad respectiva —usualmente de quien juzga— lo asuma como elemento de convicción para resolver acerca de algo que se pide. Ley Orgánica del Poder Judicial (1937), Ley n.° 8, art. 4.