Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

acusador, ra

Pen. y Proc. Sujeto que en el proceso penal español puede ser el Ministerio Fiscal, el acusador particular o el acusador popular, solos o conjuntamente, según la forma en que se ejercite y sostenga la acción penal. El Ministerio Fiscal sustenta la acusación oficial que puede ejercitar solo o acompañado del acusador privado y del acusador popular, en su caso.
LECrim , art. 105.

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