Diccionario panhispánico del español jurídico

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acusación particular

Sublema de acusación
1. Pen. y Proc. Persona que solicita a la autoridad judicial la persecución de un delito o falta con la pretensión de que se castigue al culpable.
Se considera también acusación particular la que se ejercita mediante la acción popular, que se diferencia del primer caso en que se insta la persecución de un delito o falta sin ser parte ofendida por el delito. La legitimación para ser acusación particular como ofendido permite actuar tanto a las personas físicas como a las jurídicas, nacionales o extranjeras. Código Orgánico Integral Penal, de Ecuador, art. 432.
2. Proc.; Chile Posibilidad del querellante en el proceso penal, cuando no se adhiere a la acusación del Ministerio Público y formula una distinta calificación jurídica de los hechos, otras formas de participación del acusado, entre otras posibilidades.
Código Procesal Penal, art. 261.a.

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