Diccionario panhispánico del español jurídico

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acuerdo parcial

Sublema de acuerdo
Civ.; Arg. Contrato en el que, habiendo las partes manifestado el consentimiento sobre los elementos esenciales particulares, debe ser integrado conforme a las normas del Código Civil.
No tienen la condición de acuerdo parcial la extensión de una minuta o de un borrador respecto de alguno de los elementos o de todos ellos. CCCN, art. 982, en relación con el art. 964.

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