Diccionario panhispánico del español jurídico

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acuerdo anticoncurrencial de subcontratación

Eur. y Merc. Acuerdo de subcontratación que contiene pactos consistentes en no poder utilizarse los conocimientos o equipos procedentes del ordenante, comitente o encargador de la obra; o que prohíbe poner a disposición de terceros los conocimientos o equipos procedentes del ordenante; o que solo permite al ordenante, o por cuenta suya, la entrega de productos, servicios o trabajos que sean resultado de la utilización de dichos conocimientos o equipos.