- actuario de plan de pensiones
- Merc. Experto que dictamina sobre la suficiencia financiera y actuarial del plan de pensiones. Jurídicamente, son unos terceros independientes de los contratantes que revisan la consistencia técnica de la programación de los derechos y obligaciones establecidos en aquellos contratos colectivos.Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29-XI, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones,
art. 9.2 ydisp. adic. 3.ª .
Sublema de actuario2, ria