Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

actuación de la Policía Judicial en el procedimiento abreviado

Pen.; Esp. Conjunto de las diligencias acordadas por la Policía Judicial antes del inicio del procedimiento judicial, que tienen como finalidad la investigación de un hecho delictivo comprendido en el marco del procedimiento abreviado.
Las principales actuaciones son requerir al personal sanitario si hay heridos, enseñar fotografías, recoger y custodiar los efectos del delito, traslado del cadáver y aviso a la autoridad judicial, tomar datos personales para la identificación de los implicados en el hecho delictivo e intervención del vehículo y su documentación. En caso de tener detenida a la persona infractora, cumplirá, en primer lugar, con los deberes de información a las víctimas que prevé la legislación vigente. En segundo informará en la forma más comprensible al imputado no detenido de cuáles son los hechos que se le atribuyen y de los derechos que le asisten. En particular, le instruirá de los derechos reconocidos en los apartados a, b, c y e del artículo 520.2 . LECrim, arts. 770 y 771.