- acto de trámite
- Adm. Cada uno de los actos que, incardinados en un procedimiento administrativo y emanados de la Administración pública actuante en el mismo, son distintos del que le pone fin, y se caracterizan por ser únicamente recurribles junto con este, salvo que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, impidan la continuidad del procedimiento o produzcan indefensión o un perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos.