Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

acto contrario a la ley

1. Civ. Acto que, por vulnerar norma imperativa o prohibitiva, adolece de nulidad de pleno derecho si en tal norma infringida no se establece un efecto distinto para el caso de contravención.
CC, art. 6.
2. Adm. Acto nulo por incurrir en infracciones graves y tipificadas, y anulable en los demás supuestos.
La nulidad por infracción de las leyes, que es en derecho civil la regla, tiene en derecho administrativo un tratamiento más restrictivo. LPAC, arts. 47 y 48.