1. Civ.Acto que, por vulnerar norma imperativa o prohibitiva, adolece de nulidad de pleno derecho si en tal norma infringida no se establece un efecto distinto para el caso de contravención.
2. Adm.Acto nulo por incurrir en infracciones graves y tipificadas, y anulable en los demás supuestos.
La nulidad por infracción de las leyes, que es en derecho civil la regla, tiene en derecho administrativo un tratamiento más restrictivo. LPAC, arts. 47 y 48.