Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

acto colegial

Can. Votación o elección en la que una persona jurídica colegial o un colegio expresa su voluntad para que sea relevante en el orden jurídico.
El CIC y el CCEO regulan de manera detallada el modo en que se determina la voluntad colectiva de algunos colegios (p. ej., de los tribunales colegiales, CIC, cc. 1426 § 1 y 1609; CCEO, cc. 1085 § 1 y 1292), en otras ocasiones permite que el colegio determine con más detalle sus propias normas (p. ej., las conferencias episcopales, CIC, c. 454). Las normas subsidiarias de formación de los actos colegiales están en los cc. 119 y 164-179 del CIC y cc. 924 y 956 del CCEO.