Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

acto administrativo impugnable

Adm. y Proc. Resolución de una administración, expresa o presunta, susceptible de ser recurrida ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
La tesis de la Administración autonómica no es aceptada por la representación del recurrente, ante la inexistencia de un acto consentido y firme, en cuanto erróneamente asimila una liquidación tributaria a las llamadas declaraciones-liquidaciones, denominadas también autoliquidaciones, cuando los conceptos y efectos predicables de una y otras son totalmente diferentes, pues mientras que las liquidaciones son dictadas por la propia Administración tributaria y tienen el carácter de acto administrativo recurrible, las autoliquidaciones son actos del contribuyente que no participan de la naturaleza jurídica de los actos administrativos recurribles (STS, 15-I-2013, rec. 362/2008).