Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

acto administrativo de los órganos constitucionales

Adm. Resolución de los órganos constitucionales (Parlamento, Tribunal Constitucional, Consejo del Poder Judicial) sometida al derecho administrativo.
En el caso del Parlamento, todos los actos que no son de naturaleza legislativa. En el del Tribunal Constitucional, todos los que no suponen el ejercicio de la función que le corresponde. Por ejemplo, actos relativos al personal, contratos de obras o suministros, etc. Por ejemplo, LOTC, art. 99.3 ; Estatuto del Personal de las Cortes Generales, art. 75.1. y 3.