Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

actividad pesquera

Sublema de actividad
1. Adm. Extracción de los recursos pesqueros en aguas exteriores, así como la de crustáceos y moluscos con artes y aparejos propios de la pesca. Están excluidas de esta definición las actividades de marisqueo y acuicultura, así como la pesca en aguas interiores.
Ley 3/2001, de 26-III, de Pesca Marítima del Estado, art. 2.
2. Adm. Actividad que consiste en buscar pescado, largar, calar, remolcar o halar un arte de pesca, subir capturas a bordo, transbordar, llevar a bordo, transformar a bordo, trasladar, enjaular, engordar y desembarcar pescado y productos de la pesca.
Ley 33/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, art. 2 (BOE n.º 313, de 27 de diciembre de 2014).