- actividad móvil
- Amb. Unidad técnica no fija destinada a ejercer una actividad continuada pero de carácter itinerante, siempre y cuando en un mismo emplazamiento tenga una duración inferior a dos años.Ley de Cataluña 20/2009, de 4-XII, de prevención y control ambiental de las actividades,
art. 4 .
Sublema de actividad