Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

actividad agraria principal

Civ. y Merc.; C. Rica Tarea de producción u obtención de frutos devenidos de la cría de animales o el cultivo de vegetales.
Ley 9609, de Código Procesal Agrario, art. 2.8). Puede entrañar la idea de dependencia de ciclos biológicos ligados a la tierra o a los recursos naturales y que están condicionados por las fuerzas de la naturaleza.

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