Diccionario panhispánico del español jurídico

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actio illicita in causa

Pen. Construcción de la dogmática penal paralela a la de la actio libera in causa y aplicable a la anterior provocación dolosa o imprudente de la situación generadora de una causa de justificación. Según tal construcción, la conducta final lesiva de algún bien jurídico está ciertamente justificada, pero al ser ilícita en origen (in causa) la conducta inicial que provocó sin necesidad y con dolo, directo o eventual, o con imprudencia la situación de conflicto que hay que resolver mediante la causa de justificación (con dolo neutro), el sujeto provocador puede responder por delito doloso o imprudente, porque el resultado final lesivo se puede vincular en relación causal y de imputación objetiva a la dolosa o imprudente acción provocadora. Esta solución tiene sentido en la provocación de causas de justificación solo de la acción, en las que desaparece el desvalor de la acción pero subsiste el desvalor del resultado, como el estado de necesidad o el ejercicio del cargo basado en una creencia errónea pero objetivamente fundada, porque la acción inicial dolosa o imprudente acaba causando un resultado desvalorado; pero es inaplicable a la provocación de causas de justificación que suprimen también el desvalor del resultado como la legítima defensa, ya que la acción inicial acaba causando un resultado aprobado jurídicamente.

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