- acta de anticipo jurisdiccional de prueba
- Proc.; Arg. y C. Rica Relación escrita y exhaustiva en la que se consignan los elementos probatorios, definitivos e irreproducibles, así como sus características, obtenidos en una diligencia destinada a que se recabe información que podrá ser presentada en una etapa posterior del proceso.
Ley 7594, de Código Procesal Penal, de Costa Rica, art. 293. Debe contener la mención del lugar, la fecha, la hora y la indicación de las diligencias realizadas, así como el resumen de su contenido, y la firma de todos los que participaron en el acto.Código Procesal Penal Federal, de Argentina, Ley 27063, arts. 110 y262.
Sublema de acta