Diccionario panhispánico del español jurídico

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aclaratoria

Proc.; Arg. Procedimiento por medio del cual el juez que ha dictado una sentencia o un auto puede eliminar errores materiales, aclarar conceptos oscuros o suplir cualquier omisión de la sentencia acerca de las pretensiones discutidas en el litigio, siempre que la enmienda, aclaración o agregado no altere lo sustancial de la decisión.
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de Argentina, art. 36. 6.