Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

acera

Adm. Zona longitudinal de la calle o carretera, elevada o no, destinada al tránsito de peatones.
TRLTSV, anexo I, 58. «La acera y la zona peatonal no son un carril de circulación sino un espacio de convivencia de los ciudadanos» (Dictamen del Consejo de Estado n.º 885/2014, de 20 de noviembre).

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