- aceptación pura
- Civ. Manifestación del heredero en la que se expresa la voluntad de aceptar la herencia sin condicionamientos. Es pura y simple cuando se acepta sin condiciones. Pero no puede refundirse el patrimonio relicto con el patrimonio del heredero hasta que hayan sido pagadas las deudas correspondientes, a menos que lo acepten los acreedores tanto del causante como del heredero.
Sublema de aceptación