Diccionario panhispánico del español jurídico

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acción de reintegro

Sublema de acción3
Civ. Acción por la que, cuando el fiador ha de pagar al acreedor como consecuencia del incumplimiento del fiado, se subroga aquel en todas las garantías y derechos accesorios al crédito que paga. Se denomina en este caso reintegro con subrogación porque el fiador pagador se subroga en todas las garantías y derechos accesorios al crédito que paga.
CC, art. 1838 . «El artículo 1844.1 CC admite la existencia de una acción de reintegro del fiador que paga frente a sus cofiadores. Esta acción de reintegro, en el caso de que la fianza sea solidaria, no es más que una aplicación de la regla general sobre solidaridad establecida en el artículo 1145 CC, teniendo en cuenta que cuando el fiador realiza la prestación frente al deudor, paga su propia obligación y la de sus cofiadores, de manera que el fiador que paga es siempre un interesado en el cumplimiento de la obligación» (STS, 1.ª, 5-II-2007, rec. 1065/2000).

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