Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

acción de partición de la herencia

Sublema de acción3
Civ. Acción que se dirige a la cesación de la comunidad hereditaria a efectos de que cada heredero adquiera la propiedad en exclusiva de los bienes hereditarios que le fueren adjudicados. A falta de acuerdo, se celebra un juicio particional en el que dicha declaración se declara por la sentencia y se ejecuta conforme a la misma.
CC, arts. 1051 , 1068 y 1069. «[…] si los herederos fueren mayores y tuvieren la libre administración de sus bienes, podrán distribuir la herencia (o hacer la división) de la manera que tengan por conveniente”, estableciendo la jurisprudencia que tal supuesto constituye un acto equivalente a un contrato (Sentencias de 25 de febrero de 1966 y 18 de febrero de 1987), lo que supone una voluntad concorde o una coincidencia en los quereres de todos los intervinientes, no otros que los interesados, según el tan repetido art. 402. Pero no cabe confundir el concurso de la oferta y la aceptación (consentimiento) con los meros tratos preliminares, en los que aquellos se manifiestan de manera condicional, sometiéndose a una serie de requisitos que si no se asumen por todos implican ruptura o falta de consenso» (STS, de 15-II-1996).

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