Civ.Acción que permite a cualquiera de los cónyuges solicitar judicialmente el divorcio, pudiendo solicitarse conjuntamente o uno de ellos con o sin el consentimiento del otro.
CC, arts. 86y 88. «En consecuencia no se ha extinguido en este caso la acción de divorcio por la muerte del esposo, porque dicha acción ya había producido sus efectos propios al haber recaído sentencia que así lo declaró a petición de ambos cónyuges» (STS, 1.ª, 16-IV-2015, rec. 2551/2013).