Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

accesión invertida

Sublema de accesión
Adm. y Civ. Accesión que atribuye la propiedad de un edificio a su dueño incluyendo la parte del territorio que ha resultado invadida al edificarlo, debiendo aquel indemnizar al propietario del terreno por el valor de la porción de suelo que pierde y el demérito que sufra el resto. Es necesario que quien pretenda su aplicación sea dueño de lo edificado, que parte del edificio se haya levantado en parte del terreno propiedad del edificante y sea un todo de manera que no pueda separarse o dividirse. Es preciso que el valor del edificio sea superior al del terreno invadido, y que el edificante lo sea de buena fe.
CC, art. 361. Esta doctrina ha sido construida por la jurisprudencia a partir de la sentencia de 31-V-1949 que creó la figura.