- acampadas colectivas
- Adm. Uso del terreno para pernoctar y llevar a cabo actividades recreativas en común.Si las acampadas se hacen en zona de policía de las aguas y están sometidas a autorización de organismos competentes en materia de regulación de campamentos turísticos, necesitan también ser autorizadas por los organismos de cuenca.
RDPH, art. 82 .