Diccionario panhispánico del español jurídico

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abuso de derecho

Sublema de abuso
1. Gral. Ejercicio del derecho propio con el propósito de perjudicar a otro.
«La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso». Esta norma tiene un origen jurisprudencial, que arranca de la sentencia de 14 de febrero de 1944, y se inspira en lo que desde hacía unos años se había postulado por la doctrina científica: «incurre en responsabilidad el que, obrando al amparo de una legalidad externa y de un aparente ejercicio de su derecho, traspasa, en realidad, los linderos impuestos al mismo por la equidad y la buena fe, con daños para tercero o para la sociedad» (CC, art. 7.2 ). Código Orgánico de la Función Judicial, de Ecuador, art. 26.
2. Eur. Utilización o ejercicio de un derecho fundamental tendente a la destrucción o limitación de otros derechos o libertades. Se encuentra expresamente prohibido en el artículo 54 de la Carta de los Derechos Fundamentales.
«Prohibición del abuso de derecho: Ninguna de las disposiciones de la presente Carta podrá ser interpretada en el sentido de que implique un derecho cualquiera a dedicarse a una actividad o a realizar un acto tendente a la destrucción de los derechos o libertades reconocidos en la presente Carta o a limitaciones más amplias de estos derechos y libertades que las previstas en la presente Carta» (CDFUE, art. 54).
3. Can. Ejercicio antijurídico de un derecho realizado por su titular.
La autoridad eclesiástica debe velar para que no se produzcan abusos de derechos en las asociaciones de fieles (CIC, c. 305; CCEO, c. 201). Los párrocos tienen el deber de vigilancia para evitar los posibles abusos que pudieran darse en su parroquia (CIC, c. 528 § 2). El ejercicio abusivo de un derecho puede suponer la imposición de una pena a quien lo comete (CIC, cc. 1321 y sigs.).

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