Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

aborto

1. Civ. y Pen. Interrupción de un embarazo.
2. Pen. Delito que comete quien aborta o practica un aborto fuera de los casos que la ley permite.
CP, arts. 144-146. Código Penal de la Nación Argentina, Ley 11 179, arts. 85-87. Corte Suprema de Justicia de la Nación, 13-III-2012, «F., A. L. s/ medida autosatisfactiva» (Fallos 335:197).
3. Can. Muerte provocada del feto de cualquier manera que se produzca desde el momento de su concepción (respuesta del Pontificio Consejo para los Textos legislativos, de 23-V-1988).
La Instrucción Dignitas Personae de la Congregación para la doctrina de la fe, de 8-IX-2008, aplica el término aborto a las pérdidas embrionarias producidas con las técnicas de reproducción in vitro (núm. 16) y a las reducciones embrionarias llevadas a cabo para suprimir embriones transferidos al seno materno (núm. 21). El CIC, c. 1398, tipifica el delito de aborto: «Quien procura el aborto, si este se produce, incurre en excomunión latae sententiae».

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