Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

abehurrea

Hist. En Vizcaya, cierta señal poco visible que se ponía en una heredad ajena para conseguir la prescripción adquisitiva de año y día, con buena fe y título justo.
Para evitar abusos se exigió la publicidad de las mismas, con notificación a los convecinos en la iglesia donde se situara la tierra, en día festivo y hora tras la misa, dando tres golpes de campana y declarando en voz alta que había puesto las señales, el terreno en el que las había puesto y la extensión que comprendían. Hecha publicidad de este modo, empezaba a correr la posesión por el plazo de año y día, y si no había oposición a la puesta de abehurreas, se adquiría la propiedad pasado dicho plazo; si alguien ponía alguna oposición de mejor derecho, se debía resolver este. En caso de falta de oposición debía edificar o labrar en dicho terreno en plazo de un año, porque en caso contrario cualquier vecino de la anteiglesia podría poner sus abehurreas del mismo modo. Dichos plazos eran para terrenos de exidos y usas (comunales) de Vizcaya; si eran parcioneros, el plazo de oposición era de treinta días. «Cómo se han de echar las bidigazas y poner abehurreas en las heredades de parcioneros» (Fuero de Vizcaya, 24.5).

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