Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

abandono del inmueble hipotecado

Sublema de abandono
Civ.; Arg. y Chile Facultad que corresponde al tercer poseedor del inmueble hipotecado, para librarse del juicio de los ejecutantes si no estuviere personalmente obligado como heredero, codeudor o fiador del deudor.
Tiene la condición de tercer poseedor el adquirente del inmueble hipotecado que no se compromete a pagar la deuda hipotecaria o el que permanece ajeno al crédito hipotecario principal, porque el acreedor no lo aceptó como deudor delegado, o si se trata de un legatario cuyo objeto está hipotecado.