Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

a contrario sensu

Gral. Que se argumenta a partir de lo que no se expresa en la norma o sentencia de referencia, o en el resultado de la prueba practicada.
«Una interpretación a contrario sensu de lo dispuesto por el artículo 1734 del Código Civil (“cuando el mandato se haya dado para contratar con determinadas personas, su revocación no puede perjudicar a estas si no se les ha hecho saber”) lleva a considerar que, si se trata de un mandato general, la revocación sí puede perjudicar a los terceros […]» (STS, 1.ª, 13-II-2014).