Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

órgano judicial creado por ley

Sublema de órgano
Gral. Garantía constitucional vinculada al derecho a la tutela judicial efectiva que impone que la determinación del órgano judicial competente para el enjuiciamiento de cualquier causa haya sido establecido de modo previo al proceso y por norma con rango de ley.
«El derecho al juez predeterminado por la ley lo que requiere es que, con anterioridad a su actuación en litigios o asuntos determinados, el órgano jurisdiccional haya sido creado por una norma jurídica y esta le haya investido de jurisdicción y competencia» (STS, 3.ª, 3-VII-2013, rec. 429/2012).