Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

órgano de control externo de las comunidades autónomas (OCEX)

Sublema de órgano
Contr. ext.; Esp. Institución autonómica a la que corresponde la fiscalización de la actividad económico-financiera de la comunidad autónoma de que se trate, comprendiéndose aquí, por regla general, la Administración de la comunidad autónoma, las entidades locales, las universidades públicas y las cámaras oficiales, sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas.

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