2.
Lab.;
Arg.,
Chile,
Ec. y
P. Rico Contraprestación en dinero y las adicionales en especie evaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo.En Ecuador, la remuneración incluye el salario o sueldo convenido, más las horas suplementarias o extraordinarias que haya laborado el trabajador. La remuneración será la base para el cálculo de indemnizaciones, desahucio y otros valores.Código del Trabajo, de Ecuador, art. 95. Código del Trabajo, de Chile, art. 41. Código de Rentas Internas de Puerto Rico, sección 1062.01, 13, LPRA, § 30271.