- personalidad jurídica internacional de la Santa Sede
- Can. Condición de sujeto soberano de la Iglesia católica en el marco de las relaciones internacionales.El Acuerdo de Letrán de 11 de febrero de 1929, en su artículo 2, establece que «Italia reconoce la soberanía de la Santa Sede en el campo internacional como atributo inherente de su naturaleza, de acuerdo con su tradición y las exigencias de su misión en el mundo». Su personalidad se manifiesta por el ejercicio del ius legationis activo y pasivo, porque ejerce el derecho a estipular tratados internacionales, porque ejerce de árbitro o mediador en controversias internacionales (ius foederum), y participa en conferencias y organizaciones internacionales.
Sublema de personalidad jurídica